1. Objeto y ámbito de aplicación
Estas condiciones generales (las “Condiciones Generales”) tienen por objeto regular la prestación de servicios de asesoramiento en derecho (los “Servicios”) por José Manuel Segura Varela, (JMSV en adelante) abogado, con domicilio social en A Coruña c/ San Rosendo 37, 1º, 15007 a cada uno de sus clientes (el “Cliente”),sin perjuicio de aquellos aspectos específicos que se puedan establecer o acordar en relación con uno o varios encargos en particular o con el conjunto de los encomendados por el Cliente.
2. Principios generales
La relación entre las Partes se funda en la mutua confianza y en una comunicación transparente y eficaz de todos los extremos que sean necesarios o simplemente convenientes para la más eficiente prestación de los Servicios. A tal efecto, el Cliente proporcionará la información y documentación correspondientes (incluida la relativa a los posibles plazos que, en cada caso, puedan ser relevantes) con la mayor brevedad posible, al comienzo de la relación y durante su transcurso, con especial atención a los cambios que puedan afectar a la información previamente proporcionada.
JMSV prestará los Servicios de conformidad con los principios y valores de independencia, integridad, lealtad y diligencia, así como de conformidad con las normas deontológicas y profesionales propias de la abogacía.
La relación entre JMSV y el Cliente será de arrendamiento de servicios, y no estará obligado a aceptar o seguir aquellas instrucciones del Cliente que puedan afectar a su independencia o su criterio profesional.
3. Servicios profesionales
Las Partes acordarán la naturaleza y alcance de los Servicios encomendados a JMSV al comienzo de cada Encargo, sin perjuicio de que puedan ser modificados por mutuo acuerdo en cualquier momento durante su desarrollo. En defecto de pacto, el Encargo comprenderá la prestación de los servicios de asesoramiento en derecho que sean habituales y que convengan a la naturaleza del Encargo.
Para la prestación de los Servicios, JMSV se valdrá de sus propios medios materiales, y podrá contar con la ayuda de otros abogados de su confianza.
4. Intervención de otros profesionales
Si en relación con la prestación de los Servicios resultase necesaria la intervención de profesionales distintos de los abogados de JMSV (peritos, notarios, procuradores, abogados extranjeros, etc.), la designación y la relación de prestación de servicios con esos otros profesionales corresponderán al Cliente. JMSV no será responsable de la actuación de esos otros profesionales, sin perjuicio de que pueda colaborar con el Cliente para facilitarle su elección.
Como regla general, el Cliente acordará directamente con esos otros profesionales el importe de sus honorarios o derechos profesionales. JMSV no será responsable del cobro o pago de esos honorarios o derechos. Cuando razones excepcionales de urgencia o conveniencia del Cliente así lo justifiquen, JMSV podrá adelantar el importe de esos honorarios o derechos por cuenta del Cliente y bajo obligación de reembolso.
5. Honorarios, gastos y facturación
Al comienzo de la prestación de los Servicios, las Partes podrán pactar la forma de determinación de los honorarios profesionales de JMSV y las cuestiones relativas a su facturación y forma de pago.
En defecto de pacto, el tiempo dedicado al Encargo será un factor a ponderar, pero no el único ni necesariamente el principal; su importancia para la fijación de los honorarios dependerá de la naturaleza del trabajo realizado. La determinación de los honorarios se hará de forma meditada, razonable, sin automatismos, atendiendo a las características del Encargo, procurando ser eficientes y teniendo en consideración las expectativas del Cliente.
El Cliente será responsable del pago de los gastos que JMSV tenga que afrontar como consecuencia o con ocasión de la prestación de los Servicios. Estos gastos se trasladarán al Cliente en la minuta de honorarios, sin perjuicio de la posibilidad de que JMSV solicite una provisión de fondos para atenderlos.
Aquellos gastos que supongan pagos a terceros (viajes y desplazamientos, servicios de mensajería, servicios de traducción, teléfono, comidas, intervención de otros profesionales en los términos establecidos en la condición cuarta, etc.) se computarán a través de los correspondientes recibos y serán repercutidos al Cliente en la siguiente minuta de honorarios emitida.
El Encargo podrá, según el caso, contener pactos específicos con respecto a los gastos que JMSV tenga que afrontar como consecuencia o con ocasión de la prestación de los Servicios.
En todo caso, el Cliente deberá satisfacer los honorarios y gastos correspondientes a los Servicios efectivamente prestados hasta el momento de terminación anticipada de los Servicios, o en caso de frustración de la operación a la que se refieran los Servicios.
Las minutas de honorarios que emita JMSV serán pagaderas a la vista y, en todo caso, dentro de los treinta días desde su fecha, mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por JMSV, por la persona o entidad a la que se haya librado la minuta
6. Comunicaciones
Las comunicaciones entre las Partes se realizarán por los medios que resulten más adecuados en cada caso. Entre esos medios, se utilizan frecuentemente los envíos de correos electrónicos a través de Internet. Las Partes entienden y aceptan que el envío de información por correo electrónico comporta ciertos riesgos (retrasos, falta de entrega, entregas erróneas, pérdidas de datos, intercepción o modificación por terceros, etc.). JMSV no será responsable de esos riesgos.
Asimismo, y sin perjuicio de que los correos electrónicos remitidos desde JMSV sean sometidos a sistemas de software antivirus, JMSV no puede garantizar la inexistencia de virus ni será responsable de la transmisión de virus u otros elementos no deseados a través de los correos
electrónicos remitidos.
En caso de que el Cliente no desee recibir comunicaciones por correo electrónico o cuando exista algún elemento singular que desee que JMSV tenga en cuenta en relación con el envío o recepción de comunicaciones, deberá hacerlo constar de forma expresa.
Las aplicaciones de mensajería instantánea no son idóneas para las comunicaciones profesionales, por lo que su uso por JMSV será excepcional y no se utilizarán como medio de asesoramiento jurídico
7. Confidencialidad y secreto profesional
La prestación de los Servicios por JMSV está sometida a secreto profesional, que se mantendrá aun después de que haya finalizado el Encargo correspondiente.
Este deber de secreto profesional implica que deberá guardar secreto de todos los hechos o noticias de que tenga conocimiento por razón de cualquiera de las modalidades de su actuación profesional, salvo en
los casos expresamente establecidos por ley.
En este sentido, la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo impone la obligación de comunicar determinadas operaciones a las autoridades competentes, en los términos establecidos en la condición novena. Asimismo, en relación con aquellos Encargos que, de acuerdo con la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo
de 2018 (“DAC-6”), y su normativa interna de trasposición, se califiquen como mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información, JMSV puede tener que asumir determinadas obligaciones de información en los términos establecidos en la condición décima
8. Política Anticorrupción
JMSV ha adoptado una Política Anticorrupción basada en una tolerancia cero hacia cualquier tipo de corrupción, pública o entre particulares. Esta Política preside el día a día de JMSV y sus relaciones con los clientes y con terceros.
9. Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
Con arreglo a la legislación vigente, los despachos de abogados deben colaborar en la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Por ello, JMSV podrá solicitar al Cliente información y documentación acreditativa tanto de la identidad formal y real del Cliente como de la actividad profesional o empresarial que desarrolla, documentación que será conservada por JMSV durante el plazo establecido en la normativa de prevención del blanqueo
de capitales y de la financiación del terrorismo.
Por ello, para poder cumplir con las políticas internas que JMSV tiene establecidas sobre identificación de sus clientes y con la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, será necesario, antes de la aceptación del Encargo por JMSV o del inicio de la prestación de los Servicios por JMSV, que el Cliente haya enviado, por el medio que
estime más oportuno (correo o servicio de mensajería, documentos adjuntos a e-mail, fax, etc.), la documentación acreditativa tanto de su identidad como de su actividad empresarial o profesional y, en su caso, de la identidad de los titulares reales y de su estructura de control.
Por otro lado, en circunstancias excepcionales y en aplicación de la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, puede que JMSV esté obligado a comunicar al Servicio Ejecutivo de Prevención del Blanqueo de Capitales español la existencia de algún Encargo que presente indicios o certeza de encontrarse relacionado con el blanqueo de
capitales o la financiación del terrorismo, sin que pueda revelar dicha comunicación al Cliente, pudiendo tener incluso la obligación legal de interrumpir el trabajo en el Encargo en el que se esté asesorando. En este caso, JMSV carecerá de cualquier responsabilidad por los daños o retrasos que, en el cumplimiento de las obligaciones dimanantes de dicha regulación, puedan
producirse para el cliente.
10. Conservación y almacenamiento de documentos e información
JMSV conservará los documentos relativos a los Servicios hasta que estos hayan finalizado y, una vezterminados, conservará copia de esos documentos durante el tiempo necesario para cumplir con la normativa aplicable, para atender posibles responsabilidades legales o contractuales y para cumplir con la política interna de conservación de documentos que JMSV tenga vigente en
cada momento.
El almacenamiento de la información y documentación relativos a los Servicios podrá realizarse en las instalaciones y servidores de JMSV o en instalaciones o medios de almacenamiento electrónico de terceros, incluidos los servicios de computación en la nube, siempre que cuenten con las medidas técnicas y organizativas de seguridad adecuadas.
Si bien JMSV adopta las medidas necesarias para proteger la seguridad de la información que maneja, conserva y almacena, de conformidad con los estándares del sector, las Partes entienden y reconocen que no puede garantizarse la ausencia absoluta de riesgos (pérdida de datos, intercepción o modificación por terceros, etc.), no siendo JMSV responsable de los
mismos
11. Alcance y limitaciones de responsabilidad
JMSV únicamente será responsable frente al Cliente por los daños y perjuicios que el Cliente sufra de forma directa con motivo de la prestación dolosa o negligente de los Servicios. El Cliente acuerda que cualquier reclamación o acción de cualquier naturaleza que eventualmente pueda plantear en relación con los Servicios, con un Encargo o con estas Condiciones Generales (la
“Reclamación”) deberá presentarse por escrito, incluyendo suficiente detalle sobre la naturaleza de la Reclamación y el importe reclamado y, en todo caso y circunstancia, en un plazo no superior a dos (2) años contados desde la fecha de finalización de la prestación de Servicios. A estos efectos, se entenderá por fecha de finalización de la prestación de Servicios aquella que figure
en la última factura emitida al Cliente por JMSV en relación con el Encargo concreto del que deriva la Reclamación.
La Reclamación se dirigirá única y exclusivamente contra José Manuel Segura Varela.
12. Terminación
JSMV podrá dejar de prestar los Servicios al Cliente en cualquier momento, con sujeción a la normativa profesional y deontológica de la abogacía. JMSV le dará al
Cliente el preaviso necesario para no provocarle indefensión, salvo en los supuestos previstos en la Ley. El Cliente también estará facultado para finalizar la prestación de los Servicios en cualquier momento.
En caso de que JMSV o el Cliente finalicen la prestación de los Servicios de acuerdo con lo previsto en el párrafo anterior, el Cliente será responsable del pago a JMSV de los honorarios y gastos por los Servicios efectivamente prestados que estén pendientes de facturación o cobro a la fecha de terminación de los Servicios.
13. Protección de datos personales facilitados por el Cliente
Para prestar los Servicios, JMSV ─en calidad de encargado del tratamiento y actuando por nombre y por cuenta del Cliente─ puede requerir el acceso a datos personales de los que es responsable el Cliente (los “Datos Personales”). El acceso y tratamiento de los Datos Personales por JMSV se realizará en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa española de protección de datos personales vigente en cada momento y en el Reglamento Europeo de Protección de Datos 2016/679, de 27 de abril (el “RGPD”).
Los Datos Personales, las categorías de interesados a cuyos datos tendrá acceso JMSV y las operaciones de tratamiento que se llevarán a cabo serán, fundamentalmente, los siguientes: Categorías de interesados: Empleados del Cliente, representantes legales del Cliente y clientes
y colaboradores del Cliente. En ocasiones puede haber datos de otros terceros como contrapartes del Cliente o terceros involucrados en procedimientos judiciales, comerciales o contractuales (p. ej., testigos o peritos).
Tipos de datos personales: Datos identificativos, datos profesionales, datos relativos a los detalles del empleo y datos relativos a los Servicios.
Operaciones de tratamiento: Recogida, estructuración, conservación, consulta, cotejo, modificación, extracción, interconexión, limitación, destrucción y/o comunicación.
De acuerdo con la normativa de protección de datos citada, JMSV se obliga a:
(i) Tratar los Datos Personales conforme a las instrucciones documentadas en estas Condiciones Generales y aquellas que, en su caso, reciba del Cliente por escrito en cada momento. JMSV no utilizará los Datos Personales con una finalidad distinta a la prestación de los Servicios, salvo para
el cumplimiento de sus obligaciones legales y deontológicas derivadas de su actividad (p. ej., prevención del blanqueo de capitales).
(ii) Tratar los Datos Personales de conformidad con los criterios de seguridad exigidos por el artículo 32 del RGPD, así como observar y adoptar las medidas técnicas y organizativas de seguridad necesarias o convenientes para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los Datos Personales a los que tenga acceso. Las concretas medidas técnicas y organizativas de
seguridad aplicables al presente encargo de tratamiento se fijan en función de este y del Cliente.
(iii) Mantener la confidencialidad y el secreto profesional al que están sujetos todos los abogados de JMSV, de acuerdo con el artículo 5 del Código Deontológico de la Abogacía Española, sobre los Datos Personales a los que tenga acceso para la prestación de los Servicios.
(iv) No comunicar ni ceder los Datos Personales a terceros, ni siquiera para su conservación, salvo en los supuestos autorizados por la ley, en los supuestos en que el Cliente autorice o instruya a JMSV la comunicación o cesión a un tercero o en los que sea necesario para que JMSV pueda prestar sus Servicios (p. ej., para la conservación y almacenamiento de datos, incluidos los servicios de computación en la nube prestados por terceros).
(v) Destruir los Datos Personales una vez finalizada la prestación de los Servicios. Como excepción, se podrá conservar una copia de los Datos Personales, que podrá estar a disposición de las autoridades, en cumplimiento de las obligaciones legales y conforme lo permitan las normas deontológicas que sean de aplicación a JMSV (especialmente a los efectos del artículo 25 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación
del terrorismo —la “Ley 10/2010”—, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.A.10 del Código Deontológico de la Abogacía Española) o con el fin de poder hacer frente o responder
de cualquier responsabilidad que pudiese derivarse de los Servicios prestados. Asimismo, esta obligación no será de aplicación respecto de los Datos Personales de los que JMSV sea, a su vez, responsable del tratamiento.
(vi) Ayudar al Cliente a garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 32 a 36 del RGPD. En concreto, comunicar al Cliente por los medios de notificación convenidos las violaciones de seguridad sufridas sobre los Datos Personales que sean susceptibles de comunicación de conformidad con los artículos 33 y 34 del RGPD.
(vii) En el supuesto de que se encargue a JMSV gestionar algún tipo de requerimiento de ejercicio de derechos de afectados, asistir al Cliente para que este pueda cumplir y dar respuesta a las solicitudes de los afectados sobre sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad
de los datos, limitación del tratamiento y oposición.
(viii) Llevar un registro de las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del Cliente de conformidad con lo previsto en el artículo 30.2 del RGPD.
(ix) Comunicar la identidad del delegado de protección de datos y sus datos de contacto al
Cliente. A la fecha de estas Condiciones Generales, el delegado de protección de datos está disponible
en la siguiente dirección de e-mail: jmsegura@icacor.es
(x) Poner a disposición del Cliente la información necesaria para demostrar el cumplimiento de
JMSV de las obligaciones establecidas en la presente condición. El Cliente quedará sujeto a estrictos deberes de confidencialidad respecto a la información de JMSV a la que acceda. Dada
la sujeción de la actividad de JMSV a deberes de secreto profesional frente a sus clientes, la puesta a disposición o verificación de la información facilitada no podrá implicar, en ningún momento, el potencial acceso por el Cliente a datos o informaciones que sean titularidad de
cualquier otro cliente de JMSV.
Por su parte, el Cliente, como responsable del tratamiento:
(i) Autoriza a JMSV a subcontratar con terceros servicios que son complementarios y necesarios para prestar los Servicios, como por ejemplo los servicios de mensajería o servicios tecnológicos de gestión y mantenimiento de sistemas.
Las obligaciones contempladas en esta condición constituyen el contrato de encargo de tratamiento entre las Partes, cuya duración y condiciones de retribución no son distintas a las previstas para los Servicios.
Cada parte será responsable de forma individual e independiente de dar cumplimiento a sus respectivas obligaciones en materia de protección de datos personales.
El titular de los datos personales podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación del tratamiento y cualesquiera otros derechos reconocidos
por la ley, respecto del tratamiento del que cada parte es respectivamente responsable, dirigiéndose por escrito al delegado de protección de datos correspondiente. Asimismo, se informa de que los titulares de los datos pueden presentar cualquier reclamación o solicitud relacionada con la protección de sus datos personales ante la correspondiente Autoridad de
Protección de Datos.
14. Modificación de estas Condiciones Generales
Estas Condiciones Generales podrán ser modificadas por JMSV en atención a cambios regulatorios, deontológicos, tecnológicos, de mercado o de política de JMSV. La modificación se aplicará a los Encargos posteriores a la fecha de su publicación y, en el caso de Encargos que impliquen la prestación de servicios continuados, a los Servicios prestados con posterioridad a la fecha en que se publique o comunique la modificación